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Tras la publicación en el BOE de 10 de abril de 2013 del “Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, del Plan Estatal de fomento de alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, se define el Informe de Evaluación de Edificios (IEE), estableciendo su obligatoriedad y sus requisitos básicos.
Este informe, además de evaluar el estado de conservación de los edificios, aportará información acerca del grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad y el estado de la Eficiencia Energética.
El informe sólo se exigirá a los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan más de cincuenta años y siempre que no hayan pasado ya la Inspección Técnica de Edificios de conformidad con su propia regulación.
El IEE sustituirá la ITE (Inspección técnica de Edificios) o cualquier otro instrumento de naturaleza análoga existente en el Municipio o Comunidad, pero no invalidará las ITEs ya realizadas, estando estas en vigor hasta su fecha de expiración.